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ACES
Nº49
19 de Noviembre de 2012
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Edición 49 :: Legislación / Ayudas
Convocatoria de Programas Europeos de Educación 2013: Movilidad del Alumnado Comenius

 Resolución de 13 de noviembre de 2012 de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado por la que se hace pública la Convocatoria de Programas Europeos de Educación 2013: Movilidad del Alumnado Comenius.

El Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos (OAPEE, http://www.oapee.es), la Agencia Nacional española, publica anualmente la Convocatoria Nacional de Propuestas de las acciones descentralizadas de los Programas Comenius, Grundtvig, Leonardo Da Vinci y Transversal (Visitas de Estudio) en el marco del Programa de Aprendizaje Permanente, programa de acción comunitario que fue adoptado en la Decisión nº 1720/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre, para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013. 


Entre las distintas acciones del Programa Comenius figura la de Movilidad individual de Alumnado Comenius, que permite al alumnado de enseñanza secundaria desarrollar una estancia de tres a diez meses en un centro educativo y en una familia de acogida en el extranjero. La movilidad de alumnado se organiza entre los centros que participen o hayan participado en una misma asociación escolar Comenius.

La Movilidad de Alumnado Comenius tiene por objeto ofrecer al alumnado de secundaria experiencias de aprendizaje europeas, desarrollar su comprensión sobre la diversidad de culturas y lenguas europeas y ayudarle a adquirir las competencias necesarias para su desarrollo personal. Esta actividad también debería ser una valiosa experiencia pedagógica internacional para los docentes que intervienen en la organización y aplicación de la movilidad. Asimismo, la actividad pretende forjar una cooperación sostenible entre los centros participantes, permitirles reconocer los estudios realizados en el centro asociado en el extranjero y fortalecer la dimensión europea en la educación escolar.

Por ello, esta Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado HA RESUELTO:

PRIMERO.- Publicación de la convocatoria MAC
Publicar en la Comunidad Autónoma de Andalucía la convocatoria de la acción de Movilidad de Alumnado Comenius de 2013. 

Todos los agentes implicados en la movilidad individual de alumnado Comenius (centros, alumnado, sus familias y las de acogida) deben consultar específicamente la Guía de movilidad individual de alumnado Comenius cuyo fin es ayudarles a desarrollar la actividad y a garantizar la seguridad y el bienestar de los participantes. En esta guía se especifican funciones y responsabilidades, los plazos que se deben cumplir, ofrece orientaciones y facilita modelos de todos los formularios necesarios. La guía está disponible en inglés y castellano en el sitio web de Europa y en el de la Agencia Nacional Española (OAPEE, http://www.oapee.es). 

SEGUNDO.- Designación de un profesor o profesora de contacto y un mentor.
El centro de origen debe designar al profesorado de contacto y el centro de acogida debe designar a un mentor/tutor o tutora responsable de la preparación y el seguimiento de la movilidad. 

TERCERO.- Selección del alumnado. 
El centro de origen será el encargado de seleccionar al alumnado participante una vez que la Agencia Nacional ha aceptado su solicitud. Para esta selección se deben seguir los criterios que se describen en el formulario de solicitud y las recomendaciones previstas en la Guía de movilidad de alumnado Comenius. 

CUARTO.- Información sobre los alumnos y alumnas seleccionados.
Una vez seleccionado el alumnado, sus familias deberán facilitar toda la información personal del alumno o alumna que sea relevante para su estancia prolongada en el extranjero (salud, medicación, problemas psicológicos) y firmar un formulario de consentimiento del padre/madre/tutor en el que se reflejen las responsabilidades del alumno/alumna y de su familia. 

QUINTO.- Acuerdo de estudios. 
Antes de iniciar la movilidad, los centros de origen y de acogida deben establecer un acuerdo de estudios de manera conjunta con el alumno o alumna, en el que se detallen los cursos que debe seguir durante su período de estancia en el extranjero y sus resultados. Este contrato tiene por objeto facilitar el reconocimiento por parte del centro de origen de los estudios que el alumno o alumna realice durante su estancia en el extranjero. Se recomienda igualmente hacer uso del certificado de movilidad Europass.

SEXTO.- Selección de familias de acogida. 
El centro de acogida seleccionará las familias de acogida, lo que implica visitar las casas de las posibles familias de acogida al objeto de garantizar la idoneidad del alojamiento para el alumno o alumna visitante. Los centros también deberán establecer familias de acogida de reserva que puedan alojar al alumnado en caso de que surgieran problemas con la familia de acogida original. Los centros de acogida deben asegurarse de que cada una de las familias de acogida ha firmado antes de recibir a cualquier alumno o alumna la Carta de familia de acogida, en la que se establecen sus derechos y responsabilidades. 

SÉPTIMO.- Sesiones formativas obligatorias. 
Todo el alumnado seleccionado deberá asistir obligatoriamente a sesiones formativas antes de su salida en el país de origen y a la llegada en el país de acogida. Estas sesiones serán organizadas por las Agencias Nacionales de los correspondientes países. Asimismo, el profesorado de contacto y los mentores o tutores deberán asistir a una sesión formativa organizada por la Agencia Nacional correspondiente. Las sesiones formativas para alumnado y profesorado se celebrarán simultáneamente para que los alumnos y alumnas viajen acompañados en los desplazamientos nacionales. 

OCTAVO.- Organización de los viajes. 
El centro de origen se ocupará de organizar el viaje internacional del alumnado participante. Ambos centros serán responsables de realizar todos los preparativos que sean necesarios para garantizar que no viajen solos en sus desplazamientos. En el país de acogida, el alumno o alumna puede ser recogido por la familia de acogida, el mentor o el profesor de contacto. Cuando sea preciso, el centro de acogida podrá asumir los gastos de viaje del mentor, la familia de acogida o del profesor de contacto a cuenta de la ayuda que le haya sido concedida. 

NOVENO.- Seguro de grupo europeo. 
Durante su estancia en el extranjero, el alumnado estará cubierto por un seguro de grupo a nombre de la Comisión Europea. Cada alumno o alumna participante deberá suscribirse a este plan de seguros antes de su salida.

DÉCIMO.- Subvenciones para el alumnado y los centros educativos
El Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos, en su calidad de Agencia Nacional del Programa de aprendizaje permanente, pagará las cantidades estipuladas a los centros educativos cuyas solicitudes hayan sido aprobadas. Los centros recibirán tanto la subvención para el envío, como para la acogida, siendo responsables de transferir las cantidades correspondientes a la escuela de acogida de acuerdo con la solicitud escrita que ésta realice (en la Guía para la Movilidad individual de alumnado Comenius se incluye un modelo de esta solicitud). 

UNDÉCIMO.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de los formularios de candidatura finaliza el 3 de diciembre de 2012.

La documentación habrá de obtenerse en la web del OAPEE (www.oapee.es), y tras su cumplimentación on-line y firma por el director/a del centro solicitante, se imprimirá por duplicado, enviándose con su documentación complementaria por correo certificado una ejemplar a:
Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos
C/ Gustavo Fernández Balbuena, 13 28002-Madrid
y el otro ejemplar a:
Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado
Consejería de Educación de la Junta de Andalucía
Avda Juan Aº Vizarrón, s/nº, Edificio Torretriana
41092 – Sevilla.

DUODÉCIMO.- Información complementaria
Para más información, deberá contactarse con el Servicio de Programas Internacionales de esta Dirección General de Participación e Innovación Educativa de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, por correo electrónico (programaseuropeos.ced@juntadeandalucia.es)

Sevilla, 13 de noviembre de 2012
El Director General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado

 

ACES Asociación Andaluza de Centros Enseñanza de la Economía Social (ACES)  

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