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Interesante artículo de la asesora jurídica de FEVECTA para despejar dudas.
No pretende este artículo realizar un análisis profundo de la naturaleza jurídica del derecho de información de las personas socias en las cooperativas de trabajado, sino más bien una reflexión que contribuya a solucionar o despejar dudas respecto de esta materia.
Para cada persona socia, el derecho de información supone, al mismo tiempo, una obligación, puesto que su razón de ser es permitirle participar de la actividad económica y social de la cooperativa ejercitando el derecho al voto con conocimiento de causa.
Respecto de la cooperativa, cumple una función de control sobre la gestión y conlleva la obligación de mantener informados al conjunto de socios de manera colectiva e individualmente, lo cual no puede hacernos pensar que se trata de un derecho ilimitado: la defensa de los intereses de la entidad (que han de ser los nuestros) y la protección de cada uno de los socios han de contener este ejercicio.