Estimados/as compañeros/as:
En el mes de marzo se publicó el nuevo Real Decreto- ley 4/2015 de 22 de Marzo en la que desarrolla el nuevo Sistema de Formación para el Empleo, donde, entre otras cosas se regula el crédito de formación del que disponen las empresas en las bonificaciones a la seguridad social una vez ha realizado la formación, esto es la formación bonificada, que pasa a llamarse formación programada por las empresas.
Hay cambios importantes con el nuevo Real Decreto.
Esta decisión por parte del gobierno de la elaboración de una nueva norma ha sido tomada por el abuso de los últimos años de las empresas de formación de cursos a distancia y en los que se ha detectado irregularidades en los cursos impartidos, no es nuestro caso, tal como pudimos ver en nuestra Asamblea General.
Este nuevo modelo de formación persigue un mayor control de la formación, y lo que se denomina como “tolerancia cero” en relación al fraude en este ámbito.
Por ello es muy importante evitar la realización de acciones formativas a distancia, que a partir del 1 de enero del 2016, desaparecen y no serán bonificables, y acciones que estén en el punto de mira y perseguidos por la Fundación, como son los cursos de Protección de datos y Prevención de Riesgos Laborales.
Los centros pueden optar, como se venía haciendo hasta ahora, de encomendarle la gestión de la formación a una empresa especializada e inscrita en un Registro específico en el tema, o a ACES, como Gestora reconocida, inscrita y avalada por ser Asociación de Empresas de Economía Social. Ésta se encarga de la organización, búsqueda de profesorado, justificación de costes y demás. Y como ya sabéis es la opción que os recomendamos, por la seguridad aportada por ACES y por la posibilidad que nos da de complementar los recursos de la organización.
Ahora es muy importante que éstas entidades gestoras estén especializadas en la formación programa para las empresas, ya que hay muchos aspectos a tener en cuenta con el nuevo Real Decreto (contratación de los profesores, cofinanciación, transversalidad de los contenidos, etc), si hay alguna desviación se puede producir una sanción económica tanto para la empresa que se bonifica, como para el centro de formación que imparte la formación, como para la empresa gestora, en nuestro caso ACES. Ahora la responsabilidad es solidaria y compartida, antes era solo de la empresa que se bonificaba.
Anteriormente si se producía una incidencia (ejemplos: no se estaba realizando la acción formativa, más asistentes en el aula de lo permitido, error en la comunicación del curso, no comunicación del representante legal de los trabajadores, falta de cofinanciación, etc.) se devolvía el importe a la seguridad social y ahí finalizaba el proceso de reintegro, pero ahora si se produce un error se convierte en una sanción económica.
Para ello se ha creado una unidad especial de la Inspección de trabajo con capacidad de sanción y un buzón de denuncias de malas prácticas por lo que se endurece el Seguimiento y el Control, así como el Régimen sancionador.
Os queremos transmitir la importancia de elegir bien a quién encarguéis la gestión del crédito de formación, en el caso de que no lo gestionéis con ACES, ya que con estas medidas de la nueva norma el sistema de bonificaciones se está convirtiendo en un sistema muy complejo y burocrático, por lo que tenéis que contar con empresas gestoras que ofrezca garantías de control y seguimiento del estado de la bonificación, profesionalidad y muy importante, soporte frente a inspecciones.
Para más información, no dudéis en contactar conmigo.
Saludos
Mª Carmen Ortíz
Formación ACES