Estimados compañeros y compañeras.
Os adjuntamos Decreto 123/2014, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
De igual forma, os adjuntamos unas aportaciones realizadas por CEPES-Andalucía a tener en cuenta.
Sin más, recibid un cordial saludo.
ACES
Estimados compañeros y compañeras,
En el día de ayer se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Reglamento de Sociedades Cooperativas.
Entre las disposiciones que se incluyen en esta norma destacan las siguientes:
• Simplificación administrativa al facilitar los trámites de las sociedades cooperativas, potenciando dos áreas de la administración como son el Registro y la Inspección de las cooperativas.
• Un mayor uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, habilitando y facilitando el uso de las mismas.
• Abordar en profundidad las distintas secciones, especialmente, en lo que se refiere a las secciones de créditos, para las cuales se establece un régimen de previsión más estricto, en lo que respecta al régimen económico y de control.
• El reglamento regula de manera detallada figuras como las cooperativas de impulso empresarial o las cooperativas de servicios públicos, auténticos instrumentos innovadores orientados a promover la creación de empleo estable y de calidad bajo la base de nuevas cooperativas.
• Agilización de los trámites para crear sociedades, incorporar socios, crear puestos de trabajo, mejorar la flexibilidad interna y favorecer una mayor libertad en la distribución de los beneficios.
• Creación de grupos empresariales cooperativos, aumentar las posibilidades de contratar por cuenta ajena, reforzar los controles sobre las secciones de crédito de las entidades y concretar los requisitos de auditoría externa e información a la Administración.
• En relación con la simplificación de procedimientos, la norma regula la posibilidad de constituir una cooperativa sin necesidad de escritura notarial y rebaja de dos meses a uno el tiempo de respuesta de la Administración. Dependiendo del tamaño y la estructura de la nueva sociedad, este plazo puede reducirse hasta los cinco días.
• Se introduce también una nueva regulación de las cooperativas de integración (constituidas por uniones con empresas mercantiles).
Adjuntamos texto íntegro del Reglamento.
Saludos,
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MAGDALENA CABRERA BLANCO.
Área de Comunicación y Relaciones Institucionales
CEPES Andalucía.
Tlfno: 954 500421