Estimados/as compañeros/as:
El pasado martes 2 de septiembre el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó, por fin, el Reglamento que desarrolla la Ley de Sociedades Cooperativas.
Este Reglamento presenta, con carácter general las siguientes novedades:
• Simplificación administrativa al facilitar los trámites de las sociedades cooperativas, potenciando dos áreas de la administración como son el Registro y la Inspección de las cooperativas.
• Un mayor uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, habilitando y facilitando el uso de las mismas.
• Abordar en profundidad las distintas secciones, especialmente, en lo que se refiere a las secciones de créditos, para las cuales se establece un régimen de previsión más estricto, en lo que respecta al régimen económico y de control.
• El reglamento regula de manera detallada figuras como las cooperativas de impulso empresarial o las cooperativas de servicios públicos, auténticos instrumentos innovadores orientados a promover la creación de empleo estable y de calidad bajo la base de nuevas cooperativas.
• Agilización de los trámites para crear sociedades, incorporar socios, crear puestos de trabajo, mejorar la flexibilidad interna y favorecer una mayor libertad en la distribución de los beneficios.
• Creación de grupos empresariales cooperativos, aumentar las posibilidades de contratar por cuenta ajena, reforzar los controles sobre las secciones de crédito de las entidades y concretar los requisitos de auditoría externa e información a la Administración.
• En relación con la simplificación de procedimientos, la norma regula la posibilidad de constituir una cooperativa sin necesidad de escritura notarial y rebaja de dos meses a uno el tiempo de respuesta de la Administración. Dependiendo del tamaño y la estructura de la nueva sociedad, este plazo puede reducirse hasta los cinco días.
• Se introduce también una nueva regulación de las cooperativas de integración (constituidas por uniones con empresas mercantiles).
En definitiva, es el Reglamento que, junto con la LSCA, configuran el marco normativo que tenemos que tener en cuenta para nuestro desarrollo y funcionamiento como cooperativas de enseñanza.
A partir de estos momentos iremos informando de las tareas a desarrollar por las cooperativas.
Saludos
ACES